Estas ayudas subvencionan las obras, reformas, mejoras y equipamiento comercial en los establecimientos comerciales.
Al igual que el ejercicio anterior además del equipamiento se van a subvencionar las obras y las instalaciones en los establecimientos comerciales. Así mismo, se incluyen las aplicaciones informáticas y gastos derivados de la creación de una página web vinculada al establecimiento, destinada a la implantación de la venta en línea o la integración en una plataforma en línea de comercio electrónico, a los establecimientos situados o que se implantarán en la Comunitat Valenciana.
Estas inversiones también se pueden destinar a equipamiento para la exposición, el almacenamiento y venta del producto, la señalización e identificación del establecimiento, sistemas de seguridad, accesibilidad, ahorro energético, tratamiento de residuos, etc. Solo se subvencionarán las obras realizadas en la zona de venta del establecimiento.
La inversión aprobada no podrá ser inferior a 3.000 euros y la ayuda podrá alcanzar hasta el 50 % de la inversión, con el límite de 40.000 euros por establecimiento, y en un periodo de tres años.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes o micropymes incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia, que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las actividades, según:
Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5
Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655
En ningún caso serán apoyables las actividades de reparación o mera sustitución.
El plazo para la presentación de solicitudes será del día 9 al 25 de junio, ambos inclusive, exclusivamente por vía telemática.
Obligaciones
Recomendación
Dado que el plazo de presentación es muy reducido, se recomienda preparar la documentación y solicitar la ayuda cuanto antes. La concesión se realiza en régimen de concurrencia competitiva y se valorarán aspectos como digitalización, comercio electrónico, pertenencia a asociaciones de comerciantes, ubicación en municipios pequeños y medidas de igualdad.
Para más información y solicitud: https://sede.gva.es/es/detall-tramit?id_proc=G2921
Las personas interesadas en estas ayudas pueden obtener toda la información en el CREAMA Benissa al teléfono 965732100 o al correo electrónico adl-benissa@creama.org.