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AFIC CREAMA Informa de las Ayudas CREA COMERÇ a la pyme comercial para el ejercicio 2026.
JUN 2026

Abierta la convocatoria de ayudas CREA COMERCIO 2026 dirigidas a pymes y micropymes comerciales de la Comunitat Valenciana para inversiones destinadas a la modernización, mejora de la competitividad, digitalización y renovación de los establecimientos comerciales que ha publicado la Generalitat Valenciana en el DOGV n.º 10379 de 08 de junio de 2026.

Estas ayudas subvencionan las obras, reformas, mejoras y equipamiento comercial en los establecimientos comerciales.

Al igual que el ejercicio anterior además del equipamiento se van a subvencionar las obras y las instalaciones en los establecimientos comerciales. Así mismo, se incluyen las aplicaciones informáticas y gastos derivados de la creación de una página web vinculada al establecimiento, destinada a la implantación de la venta en línea o la integración en una plataforma en línea de comercio electrónico, a los establecimientos situados o que se implantarán en la Comunitat Valenciana.

Estas inversiones también se pueden destinar a equipamiento para la exposición, el almacenamiento y venta del producto, la señalización e identificación del establecimiento, sistemas de seguridad, accesibilidad, ahorro energético, tratamiento de residuos, etc. Solo se subvencionarán las obras realizadas en la zona de venta del establecimiento.

La inversión aprobada no podrá ser inferior a 3.000 euros y la ayuda podrá alcanzar hasta el 50 % de la inversión, con el límite de 40.000 euros por establecimiento, y en un periodo de tres años.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes o micropymes incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia, que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las actividades, según:

  • CNAE (Real decreto 475/2007, de 13 de abril, CNAE-2009): Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.
  • IAE (Real Decreto ley 1175/1991, de 28 de septiembre): Sección Primera División 6, Agrupaciones:

Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5

Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655

En ningún caso serán apoyables las actividades de reparación o mera sustitución.

El plazo para la presentación de solicitudes será del día 9 al 25 de junio, ambos inclusive, exclusivamente por vía telemática.

Obligaciones

  • Ejecutar la inversión y justificarla dentro de los plazos establecidos.
  • Mantener los bienes subvencionados durante al menos 2 años (5 años si son bienes inscribibles).
  • Conservar facturas y justificantes de pago.
  • Dar publicidad al apoyo recibido de la Generalitat cuando corresponda.
  • Plazos de ejecución y justificación
  • Inversiones realizadas hasta el 31 de octubre de 2026.
  • Justificación hasta el 9 de noviembre de 2026.

Recomendación

Dado que el plazo de presentación es muy reducido, se recomienda preparar la documentación y solicitar la ayuda cuanto antes. La concesión se realiza en régimen de concurrencia competitiva y se valorarán aspectos como digitalización, comercio electrónico, pertenencia a asociaciones de comerciantes, ubicación en municipios pequeños y medidas de igualdad.

Para más información y solicitud: https://sede.gva.es/es/detall-tramit?id_proc=G2921

Las personas interesadas en estas ayudas pueden obtener toda la información en el CREAMA Benissa al teléfono 965732100 o al correo electrónico adl-benissa@creama.org.

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